martes, 28 de junio de 2022

REQUISITOS PARA LA VISACION DE CONTRATOS DE TRABAJO

 



REQUISITOS ACTUALIZADOS PARA LA VISACION DE CONTRATOS DE TRABAJO


La visación de contratos de trabajo da formalidad a la relación laboral entre el empleador y el dependiente, ya sea  nacional o extranjero, los requisitos para realizar este trámite son los siguientes:

REQUISITOS ACTUALIZADOS PARA LA VISACION DE CONTRATOS DE TRABAJO PARA PERSONAL NACIONAL 2022

  • La solicitud deberá efectuarse en las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente, de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.

  • Depósito Bancario Original de 19 Bs, por cada registro de contrato individual, el cual debe ser efectuado a la cuenta número 1 — 6036425 del Banco Unión.

  • Tres (3) ejemplares originales del contrato de trabajo individualizado, firmado por las partes, conteniendo los requisitos del artículo 7 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.

  • Fotocopia simple del Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) debidamente actualizado.

  • Fotocopia de la cedula de identidad del empleador o del representante legal.

  • Fotocopia de la cedula de identidad del trabajador.

  • Fotocopia simple del Testimonio Poder del representante legal, (si corresponde)

PRESENTACIÓN:

  • La documentación debe ser presentada en orden y en folder de color verde debidamente foliado, por cada contrato de trabajo.

NOTA:

  • Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental o Regional de Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.

  • La prohibición del registro de contratos nacionales de trabajo que se encuentren fuera de la jurisdicción y competencia de las Jefaturas de Trabajo se prohíbe el registro de contratos nacionales de trabajo para fines judiciales (Contrato a Futuro)

  • Todo tramite ingresado con los requisitos incompletos, será rechazada sin lugar a reclamo hasta su adicionamiento.

REQUISITOS ACTUALIZADOS PARA LA VISACION DE CONTRATOS DE TRABAJO PARA PERSONAL EXTRANJERO 2022

  • Plazo de trinta (30) días calendario, computables a partir de la firma del contrato.

  • El trámite deberá ser presentado en ventanilla única de la oficina central del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, o en Secretaría de las Jefaturas Departamentales o Regionales de Trabajo correspondiente, de acuerdo al lugar donde preste servicios el trabajador.

  • Tres (3) ejemplares del contrato original de trabajo extranjero individualizado, debidamente firmado por el empleador y el trabajador.

  • Declaración jurada de la actualización o inscripción del Registro Obligatoria de Empleadores ROE.

  • Fotocopia de cedula de identidad del empleador y/o representante legal.

  • Fotocopia del Testimonio Poder del representante legal, (si corresponde).

  • Fotocopia del cedula de identidad de extranjero y pasaporte del trabajador.

  • Fotocopia Simple del NIT del empleador.

  • Visa o Autorización de ingreso de la persona extranjera emitida por la Dirección General de Migración que demuestre la calidad migratoria.

  • Declaración jurada y planilla mensual de sueldos y salarios del mes anterior a la presentación, efectuados por la oficina virtual de trabajo (OVT) a efecto de verificar el porcentaje establecido por ley

  • Croquis del establecimiento laboral.

  • Depósito Bancario Original por cada refrendado de contrato individual, de acuerdo a la nacionalidad del extranjero y de acuerdo a la escala dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 462/22 a la cuenta del Banco Unión Nº 16036425.

PRESENTACION

  • La documentación, debe ser presentada en orden y en folder de COLOR ROJO y debidamente foliado.

NOTA

  • Las empresas o establecimientos laborales que cuenten con sucursales, agencias, proyectos y campamentos a nivel nacional, deberán presentar los requisitos señalados por cada una de las mismas, ante la Jefatura Departamental y/o Regional del Trabajo que corresponda de acuerdo al lugar donde preste sus servicios el trabajador.

  • Se prohíbe el registro y visado de los contratos extranjeros de trabajo que se encuentren fuera de la jurisdicción y competencia de las Jefaturas del Trabajo.

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