Los descuentos en compras y ventas cada vez son más frecuentes en las facturas emitidas o recibidas en una empresa.
Se deben contabilizar los descuentos en base a los siguientes criterios.
Contablemente es importante llevar un control de cada
movimiento económico, en este caso, debemos registrar cada partida que intervenga en una compra o venta, los impuestos que estas gravan y sus cualidades específicas, recordemos que los descuentos generan IVA por lo cual se deben contabilizar para determinar el origen de los impuestos a declarar mensualmente, así también controlar los egresos e ingresos generados a raíz de estos movimientos para los cierres de gestión y todo lo que estos conllevan.
Tributariamente, observamos en la Ley 843, Capítulo II
Artículos 7 y 8, que se debe calcular el Crédito Fiscal sobre las compras netas y Débito Fiscal sobre las ventas netas, adicionando a ambas los descuentos, devoluciones, etc. en caso de que se reflejen en la factura, lo cual nos ayuda a disgregar y determinar el origen de cada partida impositiva.
Al declarar el Registro de Compras y Ventas (RCV), finalizando la declaración obtenemos un resumen, en el cual figuran los descuentos registrados, este mismo es base para declarar el formulario 200 v.5 Impuesto al Valor Agregado.
Los Anexos Tributarios 1 y 2 son un reflejo de los saldos contables mensuales que están relacionados a la determinación del crédito y débito fiscal, teniendo columnas específicas para los descuentos en compras y ventas. Tener el control y registro de estos datos nos permite comparar la Contabilidad con las Declaraciones Juradas que presentamos ante el Servicio de Impuestos Nacionales.
En conclusión, tomando en cuenta cada criterio, es obligatorio registrar, contabilizar, exponer y declarar los descuentos en compras y ventas.
Ejemplo:
Contabilización en Caso de Venta:

